Despierta Quisqueya

Cuando la ley entra al hospital

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Nadie llega a un hospital buscando una discusión jurídica.

Quien cruza la puerta de una emergencia lo hace porque tiene dolor. Porque teme. Porque un hijo no respira bien. Porque una madre sangra. Porque un familiar acaba de sufrir un accidente.

En esos momentos nadie piensa en artículos de ley, reglamentos o procedimientos administrativos. Lo único que espera es encontrar un sistema capaz de protegerlo cuando se encuentra en una situación de vulnerabilidad.

Sin embargo, a partir del próximo 6 de agosto, la entrada en vigencia de la Ley 74-25 comenzará a transformar silenciosamente la manera en que ese encuentro entre la población y los servicios de salud será observado por la sociedad.

Hasta ahora, gran parte del debate se ha concentrado en una pregunta: ¿está siendo criminalizado el ejercicio de la medicina?

El Colegio Médico Dominicano, diversas sociedades científicas y numerosos profesionales han expresado preocupación ante la posibilidad de que la incertidumbre inherente al acto médico termine interpretándose como conducta penal. Del otro lado, instituciones del Estado han iniciado jornadas de capacitación dirigidas a funcionarios, directivos y responsables de gestión para fortalecer los mecanismos de control, transparencia y cumplimiento.

A primera vista parecería que se trata de dos discusiones diferentes. Pero en realidad ambas son expresiones de una misma transformación.

Lo que está cambiando no es solamente la relación entre médicos y tribunales. Tampoco se trata únicamente de nuevas exigencias administrativas. Lo que está comenzando a modificarse es la forma en que la sociedad evalúa la seguridad de la atención sanitaria.

Durante décadas, buena parte de los esfuerzos de modernización sanitaria estuvieron orientados a fortalecer la capacidad administrativa de los hospitales: procesos, compras, presupuestos, contrataciones, indicadores y mecanismos de control. Sin embargo, mientras se perfeccionaban las herramientas para administrar servicios, la capacidad para demostrar que esos servicios producían atención segura avanzó a una velocidad mucho menor. Así se fue construyendo una contradicción silenciosa: hospitales cada vez más exigidos para cumplir procedimientos administrativos, pero no necesariamente preparados para demostrar que podían prevenir sistemáticamente daños evitables.

La Ley 74-25 no es una ley sanitaria. Tampoco fue concebida específicamente para el sector salud. Sin embargo, sus efectos alcanzan de manera directa a los servicios de salud porque introduce una lógica distinta de responsabilidad.

Por eso conviene hacer una precisión importante. La Ley 74-25 no creó los riesgos clínicos, las fallas organizacionales ni las vulnerabilidades que existen dentro de los servicios de salud.

Tampoco creó los eventos adversos. Muchos de esos problemas han acompañado durante años a los sistemas sanitarios de América Latina y el Caribe. Lo que cambia es que ahora dejan de ser asuntos confinados al ámbito técnico y adquieren una nueva visibilidad social y jurídica. Dicho de otra manera: la ley no creó la inseguridad de la atención; comenzó a volverla visible.

Un paciente no llega a un hospital para evaluar la calidad de los procesos administrativos. Acude buscando alivio, protección y cuidado. La verdadera misión de un hospital es producir atención segura.

La seguridad de la atención deja de ser exclusivamente una aspiración técnica y comienza a convertirse en una obligación que puede requerir ser demostrada.

Cuando ocurra un evento adverso grave, la discusión ya no se limitará a preguntarse qué hizo o dejó de hacer un profesional determinado. La atención inevitablemente se desplazará hacia otra interrogante: ¿qué hizo la organización para evitar que ocurriera?

Esa pregunta conduce a la disponibilidad de personal, la calidad de la supervisión, el mantenimiento de los equipos, los protocolos clínicos, la trazabilidad de la documentación y la gestión de riesgos.

El sector médico enfatiza el riesgo de judicialización. El sector institucional fortalece el control administrativo y el cumplimiento normativo. Ambas respuestas son comprensibles, pero ninguna parece abordar completamente la pregunta central: ¿está preparada la red de servicios para operar bajo una lógica donde la seguridad de la atención puede ser examinada no sólo desde la perspectiva sanitaria, sino también desde la responsabilidad jurídica?

Muchos de los eventos adversos más graves no nacen de una sola decisión clínica. Nacen de la acumulación de pequeñas fallas: una supervisión insuficiente, un protocolo que nadie actualizó, un equipo cuya calibración se postergó o un sistema de documentación incapaz de reconstruir con precisión lo ocurrido.

La preocupación del sector médico respecto a la medicina defensiva es legítima. Ninguna sociedad se beneficia cuando el miedo sustituye al juicio clínico. Pero tampoco sería prudente ignorar la otra cara del problema.

Durante años se ha hablado mucho de ampliar coberturas, modernizar hospitales, adquirir equipos o fortalecer estructuras administrativas. Mucho menos se ha discutido sobre la capacidad real de los servicios para prevenir daños evitables de manera sistemática.

Tal vez ahí se encuentre el verdadero desafío que trae consigo la Ley 74-25. No en la posibilidad de castigar después del daño, sino en la obligación de demostrar que se hizo todo lo razonablemente posible para evitarlo antes de que ocurriera.

La pregunta verdaderamente incómoda es otra.

¿Qué ocurrirá cuando la sociedad comience a exigir evidencia de que los hospitales hicieron todo lo razonablemente posible para evitar un daño evitable?

Porque la Ley 74-25 no llega a un sistema construido desde cero. Llega a una red de servicios con fortalezas, avances y también con brechas acumuladas durante décadas.

Y cuando entre en vigencia no estará entrando únicamente a los tribunales. Estará entrando a los hospitales.

La verdadera discusión que inaugura la Ley 74-25 no es quién será castigado después del daño. Es si nuestro sistema de salud está preparado para demostrar que hizo todo lo posible para impedir que ese daño ocurriera.


El autor es miembro del Núcleo República Dominicana – GT Salud Internacional y Soberanía Sanitaria (CLACSO). Profesor universitario y exdirector de hospitales.

Por Roberto Lafontaine


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