Despierta Quisqueya

JURISALUD presenta ante el Congreso Nacional propuesta para proteger a los profesionales de la salud de una aplicación desproporcionada del nuevo Código Penal

La iniciativa, respaldada por más de una veintena de sociedades médicas especializadas, fue depositada formalmente en el Senado de la República y la Cámara de Diputados

JURISALUD, Protección Legal y Defensa Médico-Legal, S.R.L., presentó ante la Comisión Bicameral de Revisión del Código Penal una propuesta formal de modificación al artículo 112 de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal de la República Dominicana. El documento fue depositado y sellado el 15 de julio de 2026 tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados, y cuenta con el respaldo firmado de sociedades médicas especializadas, colegios profesionales y academias científicas del país.

La Ley núm. 74-25 entrará en vigor el 3 de agosto de 2026 y constituye, según señala la propuesta, el primer esfuerzo integral de codificación penal dominicana en más de 141 años. Su artículo 112 regula los llamados “atentados culposos contra la vida” e introduce, en su Párrafo I, la figura de la imprudencia consciente mediante la expresión “a sabiendas de las consecuencias que puedan derivar”, que eleva la pena aplicable de dos a tres años, en el tipo básico, hasta un rango de tres a cinco años de prisión.

EL PROBLEMA IDENTIFICADO

Conforme a los fundamentos técnicos y jurídicos expuestos en la propuesta, el ejercicio de las profesiones de la salud implica, por su naturaleza científica, que el profesional tenga conocimiento previo de los riesgos inherentes a los procedimientos que realiza — conocimiento que es, precisamente, el fundamento del deber de información al paciente y del consentimiento informado establecido en la Ley General de Salud núm. 42-01. JURISALUD advierte que, sin una norma que distinga entre esa conciencia del riesgo clínico y la imprudencia consciente punible, existe el riesgo de que la buena práctica médica documentada sea interpretada, de forma desproporcionada, como evidencia del elemento agravante “a sabiendas”.

LA PROPUESTA

Para atender esta situación, JURISALUD propone la incorporación de dos párrafos adicionales al artículo 112: un Párrafo II, que establece que la conciencia del riesgo inherente a un acto médico o quirúrgico no constituye por sí sola el elemento “a sabiendas”; y un Párrafo III, que exige, para calificar una conducta médica bajo el tipo agravado, la previa presentación de un dictamen pericial médico-legal que determine si el profesional actuó con apartamiento consciente e injustificado del estándar técnico exigible a su especialidad.

La propuesta aclara expresamente que no elimina la responsabilidad penal del médico por culpa simple, no elimina la agravante de imprudencia consciente, no crea inmunidad penal para los profesionales de la salud y no impide el procesamiento de quienes actúen con negligencia grave o imprudencia injustificada. Su objetivo es que la calificación de imprudencia consciente en el ámbito médico se sustente en criterios periciales objetivos, y no en la sola existencia de un riesgo clínico conocido y documentado conforme a la lex artis.

RESPALDO INSTITUCIONAL

El documento fue redactado por el Lic. Pedro Ramón Jiménez Castillo, Director Jurídico de JURISALUD, y la Dra. Togarma Rodríguez Aquino, Presidenta Ejecutiva de JURISALUD, y cuenta con el respaldo de representantes de sociedades médicas especializadas —entre ellas Sociedad Dominicana de Dermatología, Sociedad Dominicana de Cirugía Pediátrica, Sociedad Dominicana de Medicina Interna, Sociedad Dominicana de Oncología Médica, Sociedad Dominicana de Oftalmología, Sociedad Dominicana de Patología, Sociedad Dominicana de Medicina Perinatal, Sociedad Dominicana de Neonatología, Sociedad Dominicana de Emergenciología, Sociedad Dominicana de Sexología, Sociedad Dominicana de Cardiología Pediátrica, Sociedad Dominicana de Cirugía Plástica y Reconstructiva, Sociedad Dominicana de Fisiatría, Sociedad Dominicana de Neurología y Neurocirugía, Sociedad Dominicana de Otorrinolaringología,  Sociedad Dominicana de de infectología, Sociedad Dominicana de Anestesiología, Sociedad Dominicana de Endocrinología y Nutrición, Sociedad Dominicana de Gastroenterología, Sociedad Dominicana de Hematología, sociedad Dominicana de Salud Ocupacional, Colegio Dominicano de Cirujanos, Sociedad Dominicana de Ortopedia y Traumatología, Sociedad Dominicana de Cirugía Cardiovascular, Asociación Dominicana de cardiologia Intervencionista  y la Academia Dominicana de Medicina.

DECLARACIÓN INSTITUCIONAL

“El Derecho Penal no puede prescindir de criterios técnicos rigurosos para distinguir entre el error inevitable y la imprudencia punible. Nuestra propuesta busca que la seguridad jurídica del profesional de la salud y la protección del derecho de los pacientes a recibir atención de calidad sean objetivos complementarios, no contradictorios”, señaló la dirección de JURISALUD.

PRÓXIMOS PASOS

JURISALUD propone que la entrada en vigor de los párrafos propuestos sea simultánea con la entrada en vigor de la Ley núm. 74-25, prevista para el 3 de agosto de 2026, y recomienda que la Comisión Bicameral solicite al Ministerio de Salud Pública la elaboración de protocolos periciales específicos para la calificación médico-legal de la imprudencia consciente en las principales especialidades médicas.

ACERCA DE JURISALUD

JURISALUD — Protección Legal y Defensa Médico-Legal, S.R.L. (RNC 1-33-74264-2) es una firma dominicana especializada en la protección jurídica y el acompañamiento preventivo de profesionales e instituciones del sector salud.

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