jueves, octubre 22, 2026

Cómo solicitar cobertura del Seguro de Riesgos Laborales por una enfermedad profesional en República Dominicana

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Santo Domingo.-Los trabajadores que desarrollen una enfermedad relacionada con las funciones que desempeñan pueden solicitar cobertura médica y prestaciones económicas a través del Seguro de Riesgos Laborales (SRL), siempre que se determine su origen ocupacional.

En República Dominicana, el proceso se inicia ante el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), mientras que la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) supervisa el cumplimiento de las disposiciones y atiende reclamaciones de los afiliados.

Este martes 20 de octubre de 2026, la SISALRIL presentó un nuevo Cuadro de Enfermedades Profesionales, establecido mediante la Resolución 00270-26, que incorpora afecciones relacionadas con factores psicosociales, trastornos musculoesqueléticos, diversos tipos de cáncer y otras enfermedades de origen laboral.

La actualización busca facilitar el reconocimiento de estas condiciones y el acceso a las prestaciones médicas y económicas correspondientes.

¿Cuáles son los pasos para solicitar la cobertura?

1. Obtener una evaluación médica. El trabajador debe contar con un diagnóstico y documentación clínica que permitan evaluar la posible relación entre su enfermedad y los riesgos presentes en su actividad laboral.

2. Notificar la enfermedad al empleador. La empresa debe gestionar el aviso ante el IDOPPRIL mediante el formulario EPR-1, denominado Aviso de Enfermedad Profesional. El formulario puede completarse físicamente o por vía electrónica.

3. Presentar los documentos requeridos. El IDOPPRIL solicita el formulario EPR-1 debidamente completado, firmado y sellado según corresponda, y una copia del documento de identidad del trabajador. Durante la evaluación pueden solicitarse informes médicos y otras evidencias.

4. Esperar la evaluación del IDOPPRIL. La institución analiza el caso para determinar si la enfermedad tiene origen profesional y si corresponde reconocerla bajo el Seguro de Riesgos Laborales.

5. Solicitar las prestaciones correspondientes. Cuando la enfermedad es reconocida, el trabajador puede acceder a servicios de salud y, de cumplir los requisitos, a subsidios por incapacidad temporal u otras prestaciones económicas.

¿Qué cubre el Seguro de Riesgos Laborales?

Una vez reconocida la enfermedad profesional, la cobertura puede incluir asistencia médica, tratamientos, prestaciones farmacéuticas según corresponda, rehabilitación y beneficios económicos por incapacidad.

El IDOPPRIL también contempla indemnizaciones por discapacidad, pensiones por discapacidad y pensiones de sobrevivencia en los casos que cumplan las condiciones establecidas por la normativa.

¿Qué hacer si rechazan la cobertura?

Si el IDOPPRIL no reconoce la enfermedad como profesional o surge alguna dificultad con las prestaciones solicitadas, el afiliado puede presentar una reclamación ante la SISALRIL.

La reclamación es gratuita y puede realizarse presencialmente o por correo electrónico, explicando la situación y anexando los documentos que respalden el caso.

La SISALRIL establece un plazo de 30 días laborables para la gestión de este servicio.

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