Santo Domingo.- La Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante sentencia núm. 0030-1062-2026-SSEN-00100, del 17 de marzo del presente año, condenó al pago de RD$20,000,000.00 a la Cámara de Cuentas por los daños ocasionados al honor y la reputación profesional del jurista Julio Cury, tras utilizar su nombre en una narrativa institucional que el tribunal consideró jurídicamente insostenible.
Esta es la segunda condena judicial que se dicta contra ese órgano por haber utilizado indebidamente el nombre del jurista en comunicaciones públicas. La Suprema Corte de Justicia ya había advertido que el problema era la distorsión pública de los hechos y la exposición del nombre de Julio Cury.
El TSA, sujetándose a esa pauta, consideró que la difusión del nombre del abogado en notas de prensa institucionales —con connotación negativa— no fue una actuación administrativa neutra ni inocente, sino lesiva del derecho fundamental al buen nombre del jurista.
Reconoció que la Cámara de Cuentas asoció a Cury con un contrato que intentó, fallidamente, anular, cuando en realidad fue suscrito por una persona jurídica distinta y sin que mediara levantamiento del velo corporativo ni justificación jurídica válida, generando un daño moral indemnizable.
Cury sostuvo que la decisión dictada en su favor “reafirma que el poder de comunicar no es licencia para deformar la realidad ni para arrastrar nombres ajenos en relatos institucionales convenientes ni tergiversados”. Dijo sentirse satisfecho, pero no porque reivindica su posición personal, sino porque “envía un mensaje claro sobre los límites de la actuación estatal: el daño a la reputación no es un colateral ni tolerable”.
